Mantiene el régimen de estimación objetiva, de módulos, de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
Los agricultores se verán además beneficiados por la rebaja general establecida en los tipos de gravamen del IRPF.
Se establecen exenciones del 50% en los rendimientos del trabajo personal de los tripulantes de determinados buques atuneros. El tipo impositivo del IVA de las flores y plantas ornamentales se reduce del tipo general (21%) al reducido (10%) (magrama)